Realizamos declaración al Impuesto al Valor Agregado (IVA) de Personas Naturales y empresas Obligadas o No a Llevar Contabilidad, de manera mensual o semestral de acuerdo a las necesidades de la compañía por los bienes y servicios transferidos o prestados gravados con este impuesto.
Todos los bienes que estén destinados para la comercialización y consumo; que sufren la transformación de su estado natural u original y también los servicios que generen utilidad.
Adicionalmente, todos los servicios, entendiéndose como tales a los prestados por el Estado, entes públicos, sociedades, o personas naturales sin relación laboral, (servicios ocasionales) a favor de un tercero, sin importar que en la misma predomine el factor material o intelectual, a cambio de una tasa, un precio pagadero en dinero, especie, otros servicios.
Todas las personas y sociedades que presten servicios y/o realicen transferencias o importaciones de bienes, deben pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Se debe pagar el IVA en toda transferencia local o importación de bienes y en la prestación de servicios.
Para las transacciones locales la base imponible del IVA corresponde al precio de venta de los bienes o el valor de la prestación del servicio, incluido otros impuestos, tasas y otros gastos relacionados, menos descuentos y/o devoluciones.